Trámite para obtener una certificación para efectos cobratorios si usted es quien presentó el recurso (Certificación en PAPEL).

Le solicitamos cumplir con los siguientes requisitos:

  • Solicitud de certificación para efectos cobratorios y retiro de la misma a su nombre, con número de expediente, número de resolución de la sentencia, número de teléfono, correo electrónico, número de cédula; ese escrito debe venir firmado, con esa firma autenticada por abogado, o bien, adjuntar una copia de su cédula. Si usted es abogado favor poner número de carnet y su sello.

  • La copia de la cédula del solicitante debe aportarse por ambos lados.

  • Copias de la Resolución del voto completo. Es el documento que dice: “RESULTANDO, CONSIDERANDO Y POR TANTO”, y que diga en el por tanto: SE CONDENA EN COSTAS DAÑOS Y PERJUICIOS. También traer todas las actas de notificación con la fecha de esa resolución. Todas las copias deben ser iguales a las que están en el expediente original.

  • Si aparece en su expediente una resolución que aclare o adicione la sentencia, debe aportarla también, con las actas de la fecha de esta segunda resolución.

  • Aportar TIMBRES FISCALES según la cantidad de páginas que tendrá la certificación, de esta manera: La primera página paga 6,25 colones en timbres fiscales; de la segunda página en adelante, cada copia paga 2,50 colones. Además, hay que adjuntar 5 colones de TIMBRE DE ARCHIVO NACIONAL. Si compra los timbres en el banco, favor pedir que el pago quede hecho en un mismo entero.

  • Si usted no tiene su expediente completo para obtener estos documentos favor solicitarles a los funcionarios de la Plataforma una copia del mismo, para eso debe aportar un disco compacto o un dispositivo USB. Si le queda alguna duda favor consultar con los funcionarios de la plataforma.


Trámite para obtener una certificación para efectos cobratorios si usted es quien presentó el recurso (Certificación DIGITAL).

Le solicitamos cumplir con los siguientes requisitos:

  • Solicitud de certificación para efectos cobratorios y retiro de la misma a su nombre, con número de expediente, número de resolución de la sentencia, número de teléfono, correo electrónico, número de cédula; ese escrito debe venir firmado, con esa firma autenticada por abogado, o bien, adjuntar una copia de su cédula. Si usted es abogado favor poner número de carnet y su sello.

  • La copia de la cédula del solicitante debe aportarse por ambos lados.

  • Aportar un disco compacto o un dispositivo USB. Mientras dure la emergencia sanitaria, en su solicitud puede pedir el envío de la certificación a un correo electrónico. Favor escribir su correo lo más legible posible, sin tachones o correcciones.

  • Aportar TIMBRES FISCALES según la cantidad de páginas que tendrá la certificación, de esta manera: La primera página paga 6,25 colones en timbres fiscales; de la segunda página en adelante, cada copia paga 2,50 colones. Además, hay que adjuntar 5 colones de TIMBRE DE ARCHIVO NACIONAL. Si compra los timbres en el banco, favor pedir que el pago quede hecho en un mismo entero. Si usted no tiene su expediente completo para obtener estos documentos favor solicitarles a los funcionarios de la Plataforma una copia del mismo, para eso debe aportar un disco compacto o un dispositivo USB. Si le queda alguna duda favor consultar con los funcionarios de la plataforma.


Certificación de piezas de un expediente

  • Si es una acción de inconstitucionalidad o consulta que hayan sido calificadas de confidenciales solo puede solicitarla una de las partes, o un tercero autorizado.

  • Si es un recurso (de habeas corpus o un amparo) en trámite, solo la puede solicitar quien es parte, o un tercero autorizado, o cualquier abogado. Pero si el asunto es confidencial, solo podrán solicitarla las partes, o aquellas personas expresamente autorizadas por estas.

  • Si son casos archivados no confidenciales cualquiera puede solicitar una certificación.

  • Aportar solicitud indicando número del expediente, nombre, número de cédula, número de teléfono de contacto y un correo electrónico con firma autenticada (o al menos con copia de la cédula por ambos lados).

  • Aportar TIMBRES FISCALES según la cantidad de páginas que tendrá la certificación, de esta manera: La primera página paga 6,25 colones en timbres fiscales; de la segunda página en adelante, cada copia paga 2,50 colones. Además, hay que adjuntar 5 colones de TIMBRE DE ARCHIVO NACIONAL. Si compra los timbres en el banco, favor pedir que el pago quede hecho en un mismo entero. Si usted no tiene su expediente completo para obtener estos documentos favor solicitarles a los funcionarios de la Plataforma una copia del mismo, para eso debe aportar un disco compacto o un dispositivo USB. Si le queda alguna duda favor consultar con los funcionarios de la plataforma.

  • Si desea su certificación en formato digital, debe aportar un disco, o un dispositivo USB. Mientras dure la emergencia sanitaria, en su solicitud puede pedir el envío de la certificación a un correo electrónico. Favor escribir su correo lo más legible posible, sin tachones o correcciones.

  • Si desea su certificación en papel, aportar copias impresas fieles al expediente original, de lo que desea se le certifique.


Requisitos para cualquier trámite si usted NO es quien presentó el Recurso, Acción de Inconstitucionalidad o Consulta.

  • Cumplir con los Requisitos anteriores.

  • Autorización del titular (firmada) para que el tercero solicite y retire la certificación. • Copia de cedula (por ambos lados) suya y de quien le autoriza.

  • Si es abogado, y pide la certificación de un expediente confidencial, la autorización del titular debe presentarse autenticada, o con copia de la cédula del autorizante. Por favor, junto a su firma de abogado, el número de carnet y su sello.

  • El trámite también puede realizarse mediante un poder, debidamente firmado, autenticado, sellado y con los timbres de ley.

Teléfonos de Contacto

Línea telefónica gratuita: 800-SALA 4TA (800-7252-482)

Central telefónica:

2549-1500, 2549-1600, 2549-1601, 2549-1603

Fax: 2549-1633 (7:30 a.m. a 3:30 p.m. de lunes a viernes), 2295-3712 (24 horas).

Se consulta su recepción al teléfono: 2549-1627

Oficina de Prensa: 2549-1607

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Ubicación: Sabana Sur, Calle Morenos, 75 mts. sur de la iglesia del Perpetuo Socorro

Edificio de la Sala Constitucional en la Sabana, de 7:30 a.m. a 4:30 p.m., de lunes a viernes. De 12:00 m.d. a 1:00 p.m. recibe el Oficial de Seguridad.

Edificio principal de la Corte Suprema de Justicia, I Circuito Judicial de San José, Barrio González Lahmann. Servicio exclusivo para personas usuarias en condición de vulnerabilidad.

El turno vespertino (4:30 p.m. a 10:30 p.m.) y la recepción en horario no hábil, se mantiene en el edificio principal de la Corte Suprema de Justicia, I Circuito Judicial de San José.

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