San José, 12 de junio de 2024

Sala Constitucional, por unanimidad, declara con lugar recurso de amparo a favor del presidente de la República

• Tribunal Constitucional siguió la vasta línea jurisprudencia sobre este tipo de casos

La Sala Constitucional, garante de la dignidad, los derechos y la libertad por sentencia N° 2024-16848 del 14 de junio de 2024, de manera unánime declaró con lugar un recurso de amparo presentado a favor del presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, por la diputada Ada Gabriela Acuña Castro.

La recurrente manifiesta que la Comisión Legislativa conformada para la investigación de las presuntas estructuras irregulares de financiamiento a favor de los partidos políticos durante la campaña presidencial 2022, emitió un informe de mayoría en el expediente N° 23.324. La recurrente reclama que nunca se llamó a comparecer al presidente de la República, violando sus garantías fundamentales y el principio de igualdad. Indica que ese informe de mayoría emitido por la Comisión, además, fue acogido por el Plenario Legislativo.

En la sentencia, por unanimidad, los magistrados constataron que hubo una lesión al derecho a la defensa, puesto que, durante su vigencia y todo el período de trabajo, la Comisión Investigadora no otorgó audiencia al mandatario, lo que resulta contrario a lo contemplado en el artículo 39, de la Constitución Política.

Sobre el particular, la Sala Constitucional tiene reiterada jurisprudencia, por eso resulta de relevancia los votos N° 1999-000592 de las 8:48 horas del 29 de enero de 1999 y N° 2018-010132 de las 12:30 horas de 22 de junio de 2018, en el cual, una Comisión Investigadora también emitió recomendaciones contra un investigado, sin que se le diera comparecencia oral.

Además, el Tribunal Constitucional señaló que dicha jurisprudencia ha sostenido, que el rigor del debido proceso aplicable a un procedimiento de naturaleza sancionatorio administrativo o jurisdiccional, no se puede transferir a uno de control político; lo que no significa que se pueda prescindir del derecho de defensa, de cara a que la comparecencia da un mínimo de oportunidad de argumentar lo que el investigado considere necesario, antes de que el Plenario Legislativo apruebe el informe.

En consecuencia se anula, en lo que concierne al presidente de la República, Rodrigo Alberto Chaves Robles, la recomendación de sanción emitida en el informe afirmativo, emitido por la Comisión el 29 de enero de 2024, y que fue aprobado por el Plenario Legislativo en la sesión ordinaria N° 130, efectuada el 26 de febrero de 2024, en lo que respecta a lo siguiente: “(…) Considerar solicitud de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos a aquellas personas que siendo candidatas o parte de las estructuras partidarias incurrieron en delitos electorales (…)”.

La sentencia integral de este expediente está en redacción. Una vez que dicho proceso concluya y se notifique a las partes, se procederá a publicarla en el sitio electrónico del Poder Judicial, Nexus, para que cualquier persona interesada puede acceder a ella.

A continuación, se detallan los aspectos más relevantes disponibles.

Número de expediente: 24-006158-0007-CO
Número de resolución: N° 2024-16848
Fecha de la votación: 14 de junio de 2024
Por tanto: Se declara con lugar el recurso, por la omisión de la “Comisión Especial que tendrá el objeto de investigar las presuntas estructuras irregulares de financiamiento a favor de partidos políticos durante la campaña presidencial 2022 con funciones de comparecencias, rendición de informe, procedencias o no de responsabilidades políticas, recomendar o dictaminar proyectos de ley relacionados con los hechos investigados”, expediente N° 23.324, de citar al amparado a comparecencia oral con el fin de referirse a los hechos que se le atribuyeron. En consecuencia, se anula, en lo que concierne al Presidente de la República, Rodrigo Alberto Chaves Robles, la recomendación de sanción emitida en el informe afirmativo, emitido por la Comisión el 29 de enero de 2024, y que fue aprobado por el Plenario Legislativo en la sesión ordinaria N° 130, efectuada el 26 de febrero de 2024, en lo que respecta a lo siguiente:“(…) Considerar solicitud de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos a aquellas personas que siendo candidatas o parte de las estructuras partidarias incurrieron en delitos electorales (…)". Se condena al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo.-
Conformación del
Tribunal: Magistrados: Fernando Castillo Víquez (presidente), Paul Rueda Leal, Luis Fdo. Salazar Alvarado (instructor), Anamari Garro Vargas e Ingrid Hess Herrera y los magistrados suplentes Alexandra Alvarado Paniagua y Roberto Garita Navarro.

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Recurso de Amparo: es una herramienta legal que tiene todo ciudadano, incluyendo menores de edad, en busca de garantizar que se resguardan todos sus derechos fundamentales plasmados en la Constitución Política e instrumentos internacionales. Cualquier persona, sin importar edad, situación migratoria, nacionalidad o condición legal puede plantear este recurso.

 

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