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San José, 16 de octubre de 2023

 

Sala Constitucional declara con lugar recurso a favor manifestante que fue detenido por la Fuerza Pública

 

  • Habeas Corpus fue presentado contra el Ministerio de Seguridad Pública

 

La Sala Constitucional, garante de la dignidad, los derechos y la libertad de las personas, declaró con lugar un recurso de habeas corpus que se conoció en el expediente 23-022063-0007-CO en contra de la Fuerza Pública.

 

El recurrente indicó que la persona amparada participaba en la marcha del 9 de setiembre de 2023 en contra de la violencia policial, que se llevaba a cabo en los alrededores de la Asamblea Legislativa.

 

Según expuso, los policías detuvieron a un tercero. Posteriormente, ante la disconformidad de los manifestantes por la detención, un grupo de policías se abalanzó sobre ellos, agrediendo y deteniendo a varios. Alega que la persona tutelada fue detenida sin razón alguna.

 

Mediante la sentencia nro. 2023-016417, la Sala Constitucional declaró con lugar el recurso. A partir de la prueba recabada, la Sala tuvo por demostrado que hubo disconformidad generalizada de los manifestantes por la aprehensión de uno de ellos e, incluso, obstrucción de la labor de la unidad policial encargada en ese momento. Cuando el conflicto más bien mermaba, pues la persona aprehendida ya había sido retirada del lugar, llegó la Fuerza Pública y empezó a empujar a varios manifestantes para que retrocedieran, lo que desencadenó la situación de violencia.

 

Atinente a la persona amparada, se observó que ella estaba dentro de un grupo de personas que incluía tanto a manifestantes como policías. Se estableció que otros policías empujaron a ese grupo, ocasionando que otras personas, incluyendo a una oficial de policía, cayeran al suelo.

 

Al informar sobre tales hechos, las autoridades del Ministerio de Seguridad justificaron la aprehensión de la persona tutelada porque, según alegaron, se había aprovechado de una situación de superioridad numérica para patear a una oficial de policía que se encontraba en el suelo. Empero, los videos analizados por la Sala evidenciaron que la amparada también había caído al suelo y en ningún momento había pateado a alguna oficial de policía.

Por este motivo, la Sala en este caso concreto, consideró que la aprehensión de la persona tutelada fue injustificada e irrazonable. Se advierte que la resolución de cada asunto se resuelve de acuerdo con los elementos probatorios que se agreguen al expediente.

 

La magistrada Garro Vargas salvó el voto y declaró sin lugar el recurso en atención a algunos aspectos probatorios.

 

La sentencia íntegra está en proceso de notificación a las partes. Una vez que esto suceda, se procederá a publicarla en el sitio electrónico del Poder Judicial Nexus, de manera que cualquier persona interesada pueda acceder a ella.

 

A continuación, se detallan los aspectos más relevantes disponibles.

 


Número de expediente:

23-010615-0007-CO

Número de resolución:

Nº 2023016417

Fecha de la votación:

13/10/2023

Por tanto:

Se declara con lugar el recurso. Se condena al Estado al pago de los daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo. La magistrada Garro Vargas salva el voto y declara sin lugar el recurso. Notifíquese.  

Conformación del Tribunal:

Magistrados: Fernando Castillo Víquez (presidente), Fernando Cruz Castro, Paul Rueda Leal (instructor), Luis Fdo. Salazar Alvarado, Jorge Araya García, Anamari Garro Vargas y el magistrado suplente José Roberto Garita Navarro.

 

Material formativo

 

Consulta legislativa facultativa: esta es planteada por diez o más diputados con el objetivo de que la Sala Constitucional emita su opinión sobre un proyecto legislativo, que ha sido votado en primer debate, con el fin de corroborar que este no infringen la Constitución Política. 

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