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Sala Constitucional declara parcialmente con lugar recurso de amparo y ordena al Ministerio de Hacienda dar a recurrente informe técnico
La Sala Constitucional, garante de la dignidad, los derechos y la libertad de las personas informa que, en la sesión de este viernes 02 de junio de 2023 se declaró con lugar un recurso de amparo presentado bajo el expediente 23-004269-0007-CO.
El recurrente alegó que el Ministerio de Hacienda y las autoridades tributarias de esta entidad le negaron un informe técnico sobre él mismo y sobre una de las empresas que representa.
Señaló que se enteró de la existencia de este documento durante la interpelación del ministro de Hacienda por parte los diputados el pasado 31 de enero de 2023, en la sesión número N.° 130. Alegó que esto violó su derecho a la información, rendición de cuentas, petición y respuesta y el principio de igualdad y el derecho de defensa.
En el voto N° 2023- 013223, por unanimidad, los magistrados declararon parcialmente con lugar el recurso, únicamente por no haberle entregado el informe técnico requerido en la gestión del 07 de febrero de 2023.
Además, se le ordena al ministro y al director general de Tributación que, en un plazo máximo de cinco días contados a partir de la notificación de esta sentencia, se le entregue a la parte recurrente el informe técnico solicitado resguardando los eventuales datos confidenciales que pertenezcan a terceros.
La sentencia integral de este expediente está en redacción, una vez dicho proceso concluya y se notifique a las partes, se procederá a publicarla en el sitio electrónico del Poder Judicial, Nexus, para que cualquier persona interesada puede acceder a ella.
Número de expediente: |
23-004269-0007-CO |
Número de resolución: |
N° 2023- 013223 |
Fecha de la votación: |
02 de junio de 2023 |
Por tanto: |
Se declara parcialmente con lugar el recurso, únicamente por no haberle entregado el informe técnico requerido en la gestión del 07 de febrero de 2023. Se le ordena a Nogui Acosta Jaen y a Mario Ramos Martínez, en sus respectivas condiciones de ministro y director general de Tributación, ambos del Ministerio de Hacienda, para que, en un plazo máximo de CINCO DIAS contados a partir de la notificación de esta sentencia, se le entregue a la parte recurrente el informe técnico solicitado el 07 de febrero de 2023, resguardando los eventuales datos confidenciales que pertenezcan a terceros. Se advierte a la recurrida que de conformidad con el artículo 71, de la Ley de esta Jurisdicción, se impondrá prisión de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta días multa, a quien recibiera una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada en un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciera cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado. Se condena al Estado al pago de costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de fundamento a esta declaratoria, lo que se liquidaran en ejecución de lo contencioso administrativo. En lo demás, se declara sin lugar el recurso. El magistrado Rueda Leal consigna nota. Notifíquese. |
Conformación del Tribunal: |
Magistrados: Fernando Castillo Víquez (presidente), Fernando Cruz Castro, Paul Rueda Leal, Luis Fdo. Salazar Alvarado, Jorge Araya García, Anamari Garro Vargas (instructora) y el magistrado suplente José Roberto Garita Navarro. |
Material formativo
Recurso de Amparo: es una herramienta legal que tiene todo ciudadano, incluyendo menores de edad, en busca de garantizar que se resguardan todos sus derechos fundamentales plasmados en la Constitución Política e instrumentos internacionales. Cualquier persona, sin importar edad, situación migratoria, nacionalidad o condición legal puede plantear este recurso.