Sala Constitucional declara sin lugar recurso de amparo interpuesto por Fundación Omar Dengo contra el Ministerio de Educación Pública y el Consejo Superior de Educación

La Sala Constitucional, garante de la dignidad, los derechos y la libertad de las personas informa que, en la sesión de este viernes 26 de mayo, se declaró sin lugar el recurso de amparo tramitado en el expediente 23-009852-0007-CO.

El recurso de amparo fue interpuesto por la fundación Omar Dengo en contra del Consejo Superior de Educación y la ministra de Educación Anna Katharina Müller Castro con el fin de revertir el acuerdo n.º AC-CSE-93-11-2023. Este dejó sin efecto el artículo 4 del acta N°14-2002 del Consejo Superior de Educación, mediante el cual se delegaron las responsabilidades del Programa Nacional de Informática Educativa en la fundación Omar Dengo. La última alegó que tal decisión vulneró el principio del debido proceso y el de intangibilidad de los actos propios.

Al respecto, mediante la sentencia N°2023-012288, la Sala declaró sin lugar el recurso de forma unánime.

El alto Tribunal constató que el acuerdo de 2002 contenía una serie de obligaciones y derechos recíprocos entre el Ministerio de Educación Pública y la fundación, por lo que antes que una situación de tutela de derechos fundamentales, en realidad se está ante una materia de control de legalidad de actuaciones estatales, recordando, en ese sentido, que tales discusiones son competencia de la sede ordinaria, no de la constitucional.

Concerniente al convenio PRONIE-MEP-FOD, la Sala determinó que no le correspondía pronunciarse sobre la conveniencia o no de prorrogar tal convenio por tratarse de un tema de oportunidad, no de constitucionalidad.

Finalmente, para resolver este recurso, el Tribunal Constitucional tomó en cuenta que las autoridades recurridas afirmaron bajo juramento, que el servicio educativo no se vería afectado por la actuación cuestionada, sin que constara en el expediente prueba fehaciente de lo contrario. Por ello, este extremo también fue desestimado.

La sentencia integral de este expediente está en redacción, una vez dicho proceso concluya y se notifique a las partes, se procederá a publicarla en el sitio electrónico del Poder Judicial, Nexus, para que cualquier persona interesada puede acceder a ella.

A continuación, se detallan los aspectos más relevantes disponibles.


Número de expediente:

23-009852-0007-CO

Número de resolución:

2023-012288

Fecha de la votación:

viernes 26 de mayo 2023

Por tanto:

Por tanto: Se declara sin lugar el recurso. El magistrado Rueda Leal consigna nota.

Conformación del Tribunal:

Magistrados: Fernando Castillo Víquez (presidente), Fernando Cruz Castro, Paul Rueda Leal (instructor), Luis Fdo. Salazar Alvarado, Jorge Araya García, Anamari Garro Vargas y el magistrado suplente José Roberto Garita Navarro.

 

Material formativo

Recurso de Amparo: es una herramienta legal que tiene todo ciudadano, incluyendo menores de edad, en busca de garantizar que se resguardan todos sus derechos fundamentales plasmados en la Constitución Política e instrumentos internacionales. Cualquier persona, sin importar edad, situación migratoria, nacionalidad o condición legal puede plantear este recurso.

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