Sala Constitucional declara parcialmente con lugar acción de inconstitucionalidad para proteger la salud y el ambiente de la población
La Sala Constitucional, garante de la dignidad, los derechos y la libertad de las personas declaró en la sesión del miércoles 12 de abril de 2023 parcialmente con lugar una acción de inconstitucionalidad presentada contra los artículos 12, 13, 14 y 15 de la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos. Ley No. 8220 y sus reformas. Esta acción se tramitó bajo el expediente 22-003782-0007-CO.
En la resolución N° 2023-0008201 las magistradas y los magistrados declararon con lugar lo referente a anular la frase "la materia de salud, ambiente y" contenida en el artículo 15, párrafo cuarto de la ley Protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos, n.°8220.
Por otra parte, los altos jueces declararon sin lugar la acción de inconstitucionalidad en lo relativo a los numerales 12, 13 y 14 de dicha normativa.
También se declaró sin lugar dicha acción respecto del artículo 15, párrafos primero, segundo y tercero, siempre y cuando se interprete que los requisitos que tengan como fin acreditar o asegurar que no se generarán daños al ambiente y a la salud y aquellos destinados a determinar cuáles serán las medidas de mitigación correspondientes se encuentran dentro de los supuestos de excepción -que el propio numeral contiene y que excluyen la utilización de la figura de la declaración jurada como mecanismo de acreditación de su cumplimiento-.
Además, se declara sin lugar lo relacionado al artículo 15, párrafo cuarto en lo relativo a la frase "autorizaciones municipales", siempre y cuando se interprete que dichas autorizaciones no están referidas a materia de salud o ambiente, así se desprende de la parte dispositiva de la resolución.
A continuación, se detallan los aspectos más relevantes disponibles.
Número de expediente: |
22-003782-0007-CO |
Número de resolución: |
N° 20230008201
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Fecha de la votación: |
Miércoles 12 de abril 2023 |
Por tanto: |
Por mayoría se declara parcialmente con lugar la acción. En consecuencia, se anula la frase "la materia de salud, ambiente y" contenida en el artículo 15 párrafo cuarto de la ley Protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos, n.°8220. Se declara sin lugar la acción de inconstitucionalidad en lo relativo a los numerales 12, 13 y 14 de dicha normativa. Se declara sin lugar la acción en lo relativo al artículo 15 párrafos primero, segundo y tercero, siempre y cuando se interprete que los requisitos que tengan como fin acreditar o asegurar que no se generarán daños al ambiente y a la salud y aquellos destinados a determinar cuáles serán las medidas de mitigación correspondientes se encuentran dentro de los supuestos de excepción -que el propio numeral contiene y que excluyen la utilización de la figura de la declaración jurada como mecanismo de acreditación de su cumplimiento-. Se declara sin lugar la acción respecto del artículo 15 párrafo cuarto en lo relativo a la frase "autorizaciones municipales", siempre y cuando se interprete que dichas autorizaciones no están referidas a materia de salud o ambiente. El magistrado Rueda Leal consigna nota. Los magistrados Cruz Castro y Rueda Leal dan razones diferentes respecto a los intereses difusos. El magistrado Cruz Castro salva el voto y declara con lugar la acción en todos sus extremos. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma anulada, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese.- |
Conformación del Tribunal: |
Magistrados: Fernando Castillo Víquez, presidente, Fernando Cruz Castro, Paul Rueda Leal, Luis Fdo. Salazar Alvarado, Anamari Garro Vargas y los magistrados suplentes José Roberto Garita Navarro y Ana Rosibel Jara Velásquez. |
La sentencia integral de este expediente está en redacción, una vez dicho proceso concluya y se notifique a las partes, se procederá a publicarla en el sitio electrónico del Poder Judicial, Nexus, para que cualquier persona interesada puede acceder a ella.
Material formativo
Acción de inconstitucionalidad: procede contra las leyes y otras disposiciones generales (reglamentos, normas, decretos) que lesionen el Derecho de la Constitución, o cuando en la formación de las leyes o acuerdos legislativos se viole algún requisito o trámite esencial indicado en la Constitución o establecido en el Reglamento de la Asamblea Legislativa.