Sala Constitucional evacúa consulta facultativa sobre proyecto 22.709
La Sala Constitucional informa que en la sesión de este miércoles 29 de marzo de 2023 evacuó una consulta facultativa de constitucionalidad realizada por once diputados al proyecto 22.709 “Amnistía para el ordenamiento de pozos y fuentes captadas superficiales no inscritas y otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento del recurso hídrico en actividades de producción agropecuaria anteriormente denominado amnistía para el ordenamiento de pozos no inscritos y otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento del recurso hídrico en actividades de producción agropecuaria” tramitada bajo el expediente 23-002799-0007-CO.
En la opinión consultiva N°2027-007548 las y los magistrados resolvieron el proyecto en cuestión.
A continuación, se detallan los aspectos más relevantes disponibles actualmente.
Número de expediente: |
23-002799-0007-CO. |
Número de resolución: |
N° 2023007548 |
Fecha de la votación: |
29 de marzo de 2023 |
Consultantes: |
Directorio Asamblea Legislativa (consulta legislativa preceptiva de constitucionalidad) |
Proyecto consultado: |
Expediente 22.709 “Amnistía para el ordenamiento de pozos y fuentes captadas superficiales no inscritas y otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento del recurso hídrico en actividades de producción agropecuaria anteriormente denominado amnistía para el ordenamiento de pozos no inscritos y otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento del recurso hídrico en actividades de producción agropecuaria” |
Por tanto: |
Por mayoría, se evacua esta consulta legislativa facultativa de constitucionalidad, en el sentido de que el proyecto de ley denominado "Amnistía para el ordenamiento de pozos y fuentes captadas superficiales no inscritas y otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento del recurso hídrico en actividades de producción agropecuaria", que se tramita bajo el expediente legislativo número 22.709, es inconstitucional por violación a los derechos fundamentales al agua y al ambiente sano y ecológicamente equilibrado, en tanto omite la exigencia de estudios técnicos, desprotege áreas ambientalmente frágiles y legitima la explotación del recurso hídrico en las mismas condiciones irregulares que hasta la fecha se ha hecho. El magistrado Cruz Castro consigna razones adicionales. El magistrado Rueda Leal agrega nota. Los magistrados Castillo Víquez, Salazar Alvarado y Araya García, salvan el voto y evacuan la consulta facultativa de constitucionalidad en el sentido que, en cuanto a los aspectos específicamente consultados, el citado proyecto de ley carece de los vicios de constitucionalidad por razones de fondo apuntados por las y los Diputados consultantes, en la medida que lo dispuesto en el proyecto de ley, se encuentra y debe cumplirse en armonía y de conformidad con lo señalado en el marco normativo vigente para el registro de pozos operativos y fuentes captadas superficiales, pero no inscritos aún, y el consecuente otorgamiento de las concesiones que, con base en este mismo marco normativo, llegaren a otorgarse. Notifíquese esta resolución al Directorio de la Asamblea Legislativa y a los diputados consultantes. |
Conformación del Tribunal: |
Fernando Castillo Víquez, Fernando Cruz Castro, Paul Rueda Leal, Luis Fdo. Salazar Alvarado, Jorge Araya García, Anamari Garro Vargas y el magistrado suplente José Roberto Garita Navarro. |
La sentencia integral de este expediente está en redacción, una vez dicho proceso concluya y se notifique a las partes, se procederá a publicarla en el sitio electrónico del Poder Judicial, Nexus, para que cualquier persona interesada puede acceder a ella.
Material formativo
Consulta legislativa facultativa: es planteada por al menos diez diputados quienes pueden solicitar a la Sala Constitucional su opinión sobre los proyectos legislativos votados en primer debate para corroborar que no infringen ningún Derecho contemplado en la Constitución Política.