Sala Constitucional evacúa consulta sobre protocolo de Nagoya
La Sala Constitucional informa que en la sesión del 14 de marzo de 2023 se evacuó una consulta preceptiva de constitucionalidad realizada por el Directorio de la Asamblea Legislativa.
La consulta evacuada es del proyecto 21.550 “Aprobación del Protocolo de Nagoya sobre participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización al Convenio Sobre Diversidad Biológica y su anexo anteriormente denominado Protocolo de Nagoya Sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Beneficios que se deriven de su utilización al Convenio Sobre la Diversidad Biológica”, expediente 23-001548-0007-CO. Por mayoría, en la opinión consultiva 2023-006154 las y los magistrados determinaron que este no contiene vicios en el procedimiento legislativo, ni roces con la Constitución Política.
A continuación, se detallan los aspectos más relevantes disponibles actualmente.
Número de expediente: |
23-001548-0007-CO
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Número de resolución: |
2023-006154 |
Fecha de la votación: |
Miércoles 08 de marzo 2023 |
Accionantes: |
Directorio Asamblea Legislativa (consulta legislativa preceptiva de constitucionalidad) |
Normativa accionada: |
Expediente legislativo 21.550 |
Por tanto: |
Por mayoría, se evacua la consulta preceptiva de constitucionalidad formulada por el Directorio de la Asamblea Legislativa sobre el proyecto de ley de "Aprobación del Protocolo de Nagoya sobre participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización al Convenio sobre Diversidad Biológica y su anexo anteriormente denominado Protocolo de Nagoya sobre acceso a los recursos genéticos y participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización al Convenio sobre la Diversidad Biológica", expediente legislativo número 21550, en el sentido de que no existen vicios sustanciales de procedimiento en la aprobación del proyecto de ley. El magistrado Castillo Víquez y la magistrada Garro Vargas consignan razones particulares. Los magistrados Salazar Alvarado y Araya García expresan sus propias razones. Los magistrados Cruz Castro, Rueda Leal y Garita Navarro salvan el voto y declaran que existe un vicio sustancial en el procedimiento legislativo, por cuanto la audiencia otorgada a los pueblos indígenas para pronunciarse sobre este no satisface el compromiso y derecho de consulta prevista por el artículo 6 del Convenio N. 169 de la OIT. Por unanimidad, se evacua la consulta en el sentido de que no se advierten vicios de inconstitucionalidad en cuanto al fondo del proyecto. |
Conformación del Tribunal: |
Fernando Castillo Víquez (presidente) Fernando Cruz Castro, Paul Rueda Leal, Luis Fdo. Salazar Alvarado, Jorge Araya García, Anamari Garro Vargas, el magistrado suplente José Roberto Garita Navarro. |
La sentencia integral de este expediente está en redacción, una vez dicho proceso concluya y se notifique a las partes, se procederá a publicarla en el sitio electrónico del Poder Judicial, Nexus, para que cualquier persona interesada puede acceder a ella.
Material formativo
Consulta legislativa preceptiva: planteada por el Directorio de la Asamblea Legislativa cuando se trata de proyectos de reformas constitucionales, reformas a la Ley de la Jurisdicción Constitucional o proyectos de ley tendientes a la aprobación de tratados internacionales.