2Sala Constitucional declara con lugar amparos interpuestos por funcionarios del MEP ante falta de pago
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Tribunal resolvió más de 200 recursos de trabajadores del MEP a quienes se les adeuda parte de su salario
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Autoridades deberán implementar plan de contingencia para que depósitos de sueldos no se vean afectados por fallos informáticos
La Sala Constitucional, garante de la dignidad, los derechos y la libertad de las personas, declaró con lugar más de 200 recursos de amparo interpuestos por funcionarias y funcionarios del Ministerio de Educación Pública (MEP) a quienes se les adeuda parte de su salario debido a fallos informáticos en la institución.
En presidente del Tribunal, Fernando Castillo Víquez, explicó que con lo resuelto se procura resguardar y proteger el Derecho al Salario, estipulado en el artículo 57 de la Constitución Política.
ARTÍCULO 57. |
- Todo trabajador tendrá derecho a un salario mínimo, de fijación periódica, por jornada normal, que le procure bienestar y existencia digna. El salario será siempre igual para trabajo igual en idénticas condiciones de eficiencia. |
En las resoluciones, dictadas de forma unánime este viernes 27 de mayo, se ordena a las autoridades del MEP y del Ministerio de Hacienda, en el plazo de un mes, verificar si a las personas amparadas se les adeuda algún monto por concepto de salario correspondiente a los periodos laborados en el curso lectivo 2022 y, de ser así, se les pague lo que en derecho corresponda.
Además, deberán elaborar un plan de contingencia para que las y los funcionarios reciban su salario de forma periódica y no queden desprotegidas ante eventuales situaciones que afecten los sistemas informáticos.
Conformación del tribunal: |
Fernando Castillo Víquez (magistrado presidente), Paul Rueda Leal, Luis Fdo. Salazar Alvarado, Jorge Araya García, el magistrado suplente José Roberto Garita Navarro, y las magistradas suplentes Ana María Picado Brenes y Rosibel Jara Velásquez. |