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Sala Constitucional protege derechos de adulta mayor a la que se le negó aplicación de vacuna por haber extraviado el carné

  • COOPESAIN le exigía a mujer de 86 años una serie de requisitos innecesarios para recibir tercera dosis contra COVID-19


La Sala Constitucional, garante de la dignidad, los derechos y la libertad de las personas, declaró con lugar un recurso de amparo interpuesto a favor de una adulta mayor de 86 años a la que la Clínica Integrada de Tibás COOPESAIN le negó la aplicación de la tercera dosis contra COVID-19 por haber perdido el carné de vacunación.

Dicha cooperativa, centro de salud que brinda atención como parte de la red de servicios de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), le exigió a la tutelada una serie de requisitos que implicaban desplazarse hasta una agencia bancaria, comprar timbres, rellenar un formulario, someter el trámite a aprobación y acudir a otro recinto para recibir la inoculación.

Todo ello pese a que, como quedó demostrado en el trámite del amparo, no existe el requisito de presentar el carné para la aplicación de la vacuna contra COVID-19 en los esquemas básicos que ofrece la CCSS.

Someter a la tutelada a trámites excesivos para la aplicación de la vacuna reclamada resulta contrario no solamente a los principios de eficiencia, eficacia, celeridad, oportunidad y conveniencia que deben regir la prestación de los servicios de salud, sino también a la especial protección que la propia Constitución Política ordena brindar a las poblaciones vulnerables, incluidas –evidentemente- las personas adultas mayores”, concluyó el Tribunal en la sentencia N°2022002994 del 9 de febrero pasado.

Número de expediente:

22-000860-0007-CO

Número de sentencia:

2022002994

Link a sentencia:

https://nexuspj.poder-judicial.go.cr/document/sen-1-0007-1071728

Por tanto:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se declara con lugar el recurso, sin especial condenatoria en costas, daños y perjuicios. Los Magistrados Salazar Alvarado y Solano Aguilar salvan parcialmente el voto y disponen la condenatoria en daños, perjuicios y costas. La Magistrada Garro Vargas salva parcialmente el voto y ordena la condenatoria en daños y perjuicios, pero no la condenatoria en costas. Comuníquese la presente resolución al Presidente Ejecutivo de la Caja Costarricense de Seguro Social.


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