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19 de febrero del 2021

Sala Constitucional ordena eliminar de perfil de Facebook fotos de niños en vulnerabilidad social publicadas sin autorización

  • Cuenta de red social muestra imágenes e información confidencial de personas menores de edad para quienes supuestamente se pide ayuda económica

 

 

La Sala Constitucional, garante de la dignidad, los derechos y la libertad de las personas, por unanimidad, declaró con lugar un recurso de amparo interpuesto a favor de 14 personas menores de edad, cuyas imágenes e información confidencial son compartidas sin autorización en un perfil de Facebook.

 

El recurso fue interpuesto por la Ministra de la Niñez y Adolescencia y Presidenta Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia (PANI), Gladys Jiménez Arias; pues la institución tiene la representación legal de las personas menores de edad amparadas (actualmente no se encuentran bajo autoridad parental ni tutela).

 

En el proceso de amparo, se constató que en el perfil de Facebook "Verónica Peña (Unidos por Un Corazón)", en medio de una campaña titulada "No más PANI", se publican fotografías y videos de niños y niñas para quienes supuestamente se pide ayuda económica, en algunos casos incluso se exponen partes íntimas de las personas menores de edad, así como información de su expediente administrativo –la cual no es de acceso público y está en custodia del Patronato–. Esto pone a las y los amparados en una posición de vulnerabilidad y lesiona su derecho a la imagen.

 

“Las personas menores de edad aquí amparadas están en riesgo social, en clara condición de vulnerabilidad. A ellas, tanto el Patronato Nacional de la Infancia, por mandato legal, como este Tribunal, por mandato constitucional, están llamados a proteger de manera especial, a tenor de lo dispuesto por el ordinal 51 de la Constitución Política”, manifestó el magistrado instructor del expediente, Luis Fernando Salazar.

 

Por lo motivos expuestos, en la sentencia N° 2021-003293, dictada este viernes 19 de febrero, la Sala Constitucional le ordena a Verónica Lucrecia Peña Ávila, en su condición de administradora del perfil existente en la red social Facebook denominado "Verónica Peña (Unidos por Un Corazón)", eliminar de inmediato de las redes sociales que administra cualquier imagen, video, publicación o comentarios relacionados con los hechos denunciados en este amparo, especialmente donde aparezcan los rostros o cualquier otra parte del cuerpo de los menores de edad amparados. Además, deberá abstenerse de incurrir nuevamente en los hechos objeto de este asunto y, en consecuencia, realizar publicaciones que vulneren el derecho a la imagen de menores de edad.

Ficha

Número de fallo:

N° 2021-003293

Número de expediente:

20-020981-0007-CO

 

Fecha de votación

Viernes 19 de febrero del 2021

Por tanto

Se declara con lugar el recurso. Se ordena a Verónica Lucrecia Peña Ávila, en su condición de administradora del perfil existente en la red social Facebook denominado "Verónica Peña (Unidos por Un Corazón)", eliminar, de inmediato, de las redes sociales que administra, cualquier imagen, video, publicación o comentarios relacionados con los hechos denunciados en este amparo, especialmente donde aparezcan los rostros o cualquier otra parte del cuerpo de los menores de edad amparados. Además, deberá abstenerse de incurrir nuevamente en los hechos objeto de este asunto y, en consecuencia, realizar publicaciones que vulneren el derecho a la imagen de menores de edad. Se advierte a la recurrida que de conformidad con el artículo 71, de la Ley de esta Jurisdicción, se impondrá prisión de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada en un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado. Se condena a Verónica Lucrecia Peña Ávila, en su condición de administradora del perfil existente en la red social Facebook denominado "Verónica Peña (Unidos por Un Corazón)", al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo civil. Notifíquese a la recurrida en forma personal.-

 

Conformación del tribunal:

Fernando Castillo Víquez (presidente), Paul Rueda Leal, Nancy Hernández López, Luis Fernando Salazar Alvarado (instructor del expediente), Jorge Araya García, Anamari Garro Vargas y la magistrada suplente Ileana Sánchez

Teléfonos de Contacto

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Edificio principal de la Corte Suprema de Justicia, I Circuito Judicial de San José, Barrio González Lahmann. Servicio exclusivo para personas usuarias en condición de vulnerabilidad.

El turno vespertino (4:30 p.m. a 10:30 p.m.) y la recepción en horario no hábil, se mantiene en el edificio principal de la Corte Suprema de Justicia, I Circuito Judicial de San José.

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