SC-CP-220419
San José, 22 de abril de 2019
COMUNICADO DE PRENSA
Sala Constitucional realizará audiencia pública sobre artículo de estatuto del Partido Liberación Nacional
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Acción de inconstitucionalidad fue presentada por militante de agrupación política
La Sala Constitucional realizará el próximo jueves 25 de abril una audiencia oral y pública sobre una acción de inconstitucionalidad presentada contra el último párrafo del artículo 170 del estatuto del Partido Liberación Nacional (PLN).
Dicha acción fue presentada por Rosa Isabel Arguello Mora, militante de esa agrupación política, y se tramita bajo el expediente número 13-009288-0007-CO.
La audiencia, procedimiento establecido en los artículos 10 y 85 de la Ley de Jurisdicción Constitucional, se celebrará a partir de las 9 a.m. en la sala de vistas ubicada en el segundo piso de la Corte Suprema de Justicia, en San José. En ella las partes del proceso expondrán oralmente argumentos jurídicos y técnicos para sustentar su petición ante las señoras y señores magistrados.
Rosa Isabel Arguello Mora alega en la acción que el último párrafo del artículo 170 del estatuto del PLN –el cual faculta al candidato a la Presidencia de la República a adicionar y asignar las plazas necesarias para cumplir con el principio de paridad– constituye una violación de las garantías electorales y a los derechos fundamentales de participación política.
El artículo impugnado señala:
“Artículo 170:
El Órgano Consultivo Nacional o Asamblea Plenaria está compuesto por:
a) Los delegados a la Asamblea Nacional;
b) Diez representantes de los Sectores reglamentados por el Directorio Político Nacional.
c) Los delegados de los cantones no representados en la Asamblea Nacional.
d) Seis delegados(as) propuestos(as) por el candidato presidencial.
Una vez realizados los procesos electorales para la integración de este Órgano Consultivo y hecha la declaratoria de elección respectiva, el Tribunal de Elecciones Internas determinará si la composición del Órgano Consultivo Nacional 0 Asamblea Plenaria cumple con los porcentajes legales por género, caso de no cumplir; el Tribunal definirá, mediante resolución fundada, la cantidad de plazas adicionales que deberán adicionarse para tales efectos y lo comunicará al Comité Ejecutivo Superior Nacional para que los asigne y los someta a ratificación de la Asamblea Nacional Cuando el Partido haya ratificado la Candidatura a la Presidencia de la República, dicha asignación la realizará quien ostente dicha postulación”.
Además de la accionante, están convocados a la audiencia representantes de la secretaría general del PLN, del Tribunal Supremo de Elecciones, y de la Procuraduría General de la República.
A la vista se permitirá la asistencia de público según la capacidad del recinto, de igual forma se realizará una transmisión en vivo por medio de las plataformas digitales del Poder Judicial.