San José, 03 de junio de 2025

 

PRESIDENCIA DE LA SALA CONSTITUCIONAL DICTA MEDIDA CAUTELAR EN RECURSO DE AMPARO PRESENTADO CON MOTIVO DE LA AMENAZA DE LA SUSPENSIÓN DE AGUA EN PARAÍSO DE CARTAGO

·      Autoridades recurridas tienen 3 días para rendir informe

La Sala Constitucional, garante de la dignidad, los derechos y las libertades de las personas, cursó este martes el expediente 25-015818-0007-CO y dictó una medida cautelar contra la orden de suspender el servicio de agua potable en el cantón de Paraíso de Cartago, hasta tanto se resuelva de forma definitiva el recurso de amparo presentado.

El expediente fue presentado contra la Municipalidad de Paraíso y el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (ICAA).

Los hechos que motivaron esta resolución se relacionan con un conflicto entre la Municipalidad de Paraíso y el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA).

De acuerdo con lo alegado por la persona recurrente, vecina del cantón, el agua potable que recibe la comunidad es suministrada por la municipalidad, a través del Departamento de Acueducto Municipal, sin embargo, esta agua proviene de tomas operadas por el AyA que actualmente exige a la municipalidad el pago por los servicios de captación y conducción del líquido.

La Sala, al analizar los elementos presentados, dispuso la suspensión provisional de cualquier acción que implique interrumpir el suministro de agua.

“La suspensión dispuesta por el artículo 41 citado, implica ordenar a las autoridades recurridas no ejecutar la orden de suspensión de suministro de agua objeto de discusión en este recurso, hasta tanto la sala no resuelva en sentencia el recurso, o no disponga otra cosa” señala la resolución de curso.

El Tribunal Constitucional le dio tres días hábiles a las autoridades recurridas para que rindan informe ante esta instancia judicial.