San José, 19 de febrero 2025

 

Sala Constitucional aclara que no ordenó entregar medicamento

 

La Sala Constitucional garante de la dignidad, los derechos y la libertad de las personas aclara lo siguiente:

1-El 23 de diciembre de 2024 ingresó un recurso de amparo a favor de una señora Clare Facio, este fue presentado por una persona de apellidos Gómez Salazar. Dicho amparo fue resuelto el 17 de enero de 2025 mediante la sentencia 2025-001510. En este, la Sala Constitucional ordenó resolver la solicitud planteada por la amparada.

Por tanto:

Se declara con lugar el recurso. Se les ordena a quienes ocupen los cargos de gerente médico de la Caja Costarricense de Seguro Social y de secretario técnico o coordinador del Comité Central de Farmacoterapia de esa entidad, que de manera inmediata giren las órdenes necesarias, coordinen lo pertinente y dispongan lo correspondiente dentro del ámbito de sus competencias respectivas a fin de que: 1) dentro del plazo máximo de TRES DÍAS, contado a partir de la notificación de esta sentencia, se resuelva la solicitud planteada a favor de la amparada…y se le comunique lo que corresponda; y, 2) en caso de que en esa valoración se determinare la procedencia del suministro del fármaco no LOM mencionado, este le sea suministrado a la tutelada de manera INMEDIATA, en la dosis y durante el tiempo que su médica tratante lo recomiende, todo bajo estricta supervisión de esa galena o de quien esté asumiendo tal atención.

2-El expresidente Rodríguez Echeverría no ha presentado ningún recurso de amparo de salud a favor de su esposa.

3- Los recursos de amparo se resuelven, en promedio, en un plazo de 24.28 días. En este caso, el recurso fue resuelto dentro de dicho plazo. La Sala Constitucional otorga prioridad a los expedientes relacionados con temas de salud, dada su urgencia y la relevancia de salvaguardar los derechos fundamentales de los ciudadanos en esta área.